En España, el acto de conciliación laboral previo, conocido como SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) —o bajo otras denominaciones según la comunidad autónoma, como CMAC, ORECLA o UMAC— es un trámite obligatorio en la mayoría de conflictos laborales individuales, ya se trate de despidos, reclamaciones de cantidad o sanciones. Su finalidad es clara: resolver las controversias de manera ágil, evitar juicios largos y costosos, y fomentar acuerdos amistosos entre empresa y trabajador. Sin embargo, surge una pregunta relevante: ¿qué sucede si la empresa no se presenta a este acto? La incomparecencia no pasa desapercibida y puede acarrear consecuencias jurídicas y procesales importantes.
La relevancia de estos procedimientos queda reflejada en las cifras. Según el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en 2020 se tramitaron 293.878 conciliaciones individuales en los SMAC, de las cuales el 57,8 % correspondieron a despidos y el 31,9 % a reclamaciones de cantidad. Solo un 34,3 % de los casos terminó con avenencia. Más recientemente, en 2023 se superaron los 175.000 actos de conciliación laboral en España, con especial incidencia en la Comunitat Valenciana, donde se registraron 51.820, lo que supuso un incremento del 27,4 % respecto al año anterior. Estos datos confirman el peso que tienen los profesionales del colegio de mediadores como paso previo esencial en la resolución de conflictos laborales.
¿Es obligatoria la asistencia al acto de conciliación?
Sí. La asistencia al acto de conciliación es obligatoria para ambas partes (trabajador y empresa) cuando el conflicto laboral es conciliable según la Ley de la Jurisdicción Social. De no hacerlo, existen consecuencias legales
Qué implica recibir la citación del SMAC
Recibir la citación significa que la papeleta de conciliación ha sido admitida, y se ha fijado una fecha, hora y lugar para que ambas partes intenten alcanzar un acuerdo. La citación es imprescindible para avanzar en el procedimiento y evitar la caducidad o prescripción de la acción
Diferencia entre asistencia obligatoria y voluntaria
- Obligatoria: Para casos de despido, reclamaciones salariales, sanciones, finalización del contrato, etc., la conciliación es previa y obligatoria.
- Voluntaria: En ciertos supuestos específicos (como conflictos sobre Seguridad Social, vacaciones, modificación de condiciones de trabajo, derechos de conciliación familiar, impugnaciones de convenios colectivos, etc.), no es necesario acudir ni presentar la papeleta, pudiéndose demandar directamente en el Juzgado.
Consecuencias de no acudir: empresa vs. trabajador
- Si no acude el trabajador sin causa justificada: puede considerarse que la papeleta no fue presentada y el acto se archiva, perdiendo opciones de continuar el procedimiento.
- Si no acude la empresa: el acto se considera “intentado sin efecto”. El trabajador puede continuar con la demanda. Además, pueden surgir consecuencias adicionales para la empresa.
Acto de conciliación con incomparecencia de la empresa
Cómo queda reflejado en el acta del SMAC
El acta reflejará expresamente que la empresa no compareció, y se indicará que la conciliación fue intentada sin efecto debido a su incomparecencia.
¿Se considera intentada la conciliación?
Sí. Aunque no se alcanzó acuerdo, se considera que la conciliación fue intentada, lo que permite al trabajador proceder con la demanda judicial
¿Puede continuar el trabajador con la demanda judicial?
Sí. La incomparecencia de la empresa no bloquea al trabajador: puede presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social, acompañada de la certificación del acta de conciliación
Consecuencias legales para la empresa
No se impide el juicio, pero se valora negativamente
La incomparecencia injustificada se considera de forma negativa en el proceso judicial posterior. Se refleja como falta de voluntad de acuerdo.
Posibles repercusiones en costas y pruebas
El juez puede imponer las costas del procedimiento a la empresa si su incomparecencia no está justificada. Incluso, puede incluir honorarios hasta 600 € para la representación del trabajador, si la sentencia coincide esencialmente con lo solicitado en la papeleta de conciliación.
Percepción del juez ante la incomparecencia injustificada
La incomparecencia puede ser interpretada como muestra de mala fe o temeridad, lo que afecta negativamente la percepción del tribunal sobre la empresa y su posicionamiento ante el conflicto.
Qué debe hacer el trabajador si la empresa no comparece
Presentar demanda ante el Juzgado de lo Social
Debe presentar la demanda inmediatamente ante el Juzgado de lo Social, adjuntando la certificación del acta de conciliación (que refleja el intento sin acuerdo por incomparecencia).
Plazos legales a tener en cuenta
- El plazo para presentar la papeleta de conciliación tras un despido es de 20 días hábiles
- La presentación de la papeleta suspende los plazos de caducidad y prescripción: se reanuda al día siguiente de celebrarse (o intentarse sin efecto) la conciliación, o transcurridos 15 días hábiles si no se ha celebrado
- Si transcurren 30 días sin celebrarse el acto, el procedimiento se considera terminado y cumplido el trámite
Reunir documentación y asesorarse correctamente
El trabajador deberá reunir y presentar:
Acta de conciliación (con indicación de incomparecencia de la empresa).
Papeleta de conciliación.
Documentación laboral que justifique la reclamación (despido, salario impagado, sanción injusta, etc.).
Asesoramiento especializado, preferiblemente con un abogado o graduado social, para asegurar el cumplimiento de plazos y optimizar la argumentación legal
La ausencia de la empresa al SMAC no impide el avance del proceso judicial, sino que genera una ventaja procesal al trabajador, al ser considerada conciliación intentada sin efecto, permitiendo continuar con la demanda. Además, conlleva posibles sanciones económicas y una valoración negativa del juez. Por ello, es fundamental que el trabajador actúe con rapidez, orden y respaldo legal y cuente con la ayuda de alguno de los profesionales que se encuentra en en el directorio de MASC Mediación.






